Se encuentran obligados a presentar la Declaración Anual de Operaciones con Terceros - DAOT 2013 los sujetos siguientes:
Para el cálculo de las ventas internas considere: | |
Si usted declara a través del | Sume las casillas |
PDT 621 IGV Renta Mensual | 100 + 105 + 109 + 112 + 160 |
Formulario Virtual 621 Simplificado IGV-Renta Mensual | 100 |
Para el cálculo de las compras internas considere: | |
Si usted declara a través del | Sume las casillas |
PDT 621 IGV Renta Mensual | 107 + 110 + 113 + 120 |
Formulario Virtual 621 Simplificado IGV-Renta Mensual
| 107 |
Para elaborar la declaración deberá utilizar el PDT Operaciones con Terceros – Formulario Virtual 3500, versión 3.3.
La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) a considerar es la vigente durante el ejercicio 2013: S/. 3,700.-
IMPORTANTE:Si es sujeto obligado pero que no tiene Operaciones con Terceros a declarar, es decir, si la suma de los montos de las transacciones realizadas con cada tercero (cliente o proveedor) no supera la suma de S/. 7,400 (equivalente a 2 UIT del ejercicio), deberá informarlo a la SUNAT presentando su "Constancia de no tener información a declarar " exclusivamente a través del módulo SUNAT Operaciones en Línea en SUNAT Virtual , dentro del plazo que le corresponde a su último dígito del RUC según el cronograma de vencimiento del DAOT 2013
Omisos: Los contribuyentes obligados a la presentación de la DAOT que se encuentren omisos a la presentación de la DAOT por ejercicios anteriores al 2013 deben presentarla mediante el PDT Operaciones con Terceros- Formulario Virtual N° 3500- versión 3.3.
Rectificatorias: Las declaraciones rectificatorias de la DAOT por ejercicios anteriores al 2013, también deben presentarse mediante el PDT Operaciones con Terceros- Formulario Virtual N° 3500- versión 3.3
OPERACIONES A INFORMAR
Se debe incluir en la DAOT, las Operaciones con Terceros que el declarante hubiera realizado durante el ejercicio en calidad de proveedor o cliente. Se entiende como Operación con Tercero a la suma de los montos de las transacciones realizadas con cada tercero (cliente o proveedor), siempre que dicha suma sea mayor a dos (2) UIT.
Para el ejercicio 2013 el valor de la UIT es de S/. 3,700.- 2 UIT= S/. 7,400.-
Plazo de presentación de la DAOT 2013:
El PDT Operaciones con Terceros – Formulario Virtual 3500 - Ejercicio 2013 debe ser presentado dentro de los plazos que se señalan a continuación según el último dígito del RUC:
DAOT 2013 - CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO
Base Legal : Resolución de Superintendencia N° 017-2014/SUNAT publicada el 23.01.2014
Vilela Murrieta Alfonso Jeanfranco.- El presente Blog esta compremetido a compartir la informacion contable, Tributario y laboral, para contribuir al desarrollo profesional E-Mail: jeanfranco_vilela@hotmail.com
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